lunes, 21 de diciembre de 2015

Un modelo de gestión de documentos para la transparencia de la información pública

Hace ahora un año, en el mes de diciembre de 2014, veía la luz la primera versión del Modelo de Gestión de Documentos y Administración de Archivos elaborado por la Red de Transparencia y Acceso a la Información Pública (RTA), una red de intercambio entre organismos y/o entidades públicas que desarrollan supervisión en funciones de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública, con representantes de Bolivia, Brasil, Chile, Argentina, Ecuador, México, Perú, Uruguay, Guatemala, Honduras, El Salvador, Paraguay y España.

La finalidad principal de este modelo es convertirse en soporte y apoyo para la gestión documental y de archivos de las distintas organizaciones y países miembros de la Red, así como garantizar la accesibilidad a los documentos, lo que contribuirá a la implementación de las leyes de transparencia y acceso a la información pública. Para ello la política de gestión documental debe estar en consonancia con las políticas de acceso a la información pública, transparencia, gobierno abierto y datos abiertos. Según su visión, una gestión de los documentos basada en procedimientos eficaces y controles adecuados es la que va a garantizar la autenticidad e integridad de la información pública y va a permitir cumplir con los plazos establecidos de respuesta a la ciudadanía y a la administración.

El modelo es de aplicación a todo tipo de documentos, en cualquier formato o soporte -incluyendo disposiciones para la gestión de documentos electrónicos-, creados o recibidos por una organización o institución, pública o privada, en el curso de sus funciones o actividades, durante toda la vida del documento. Así mismo concibe la gestión de los documentos de manera integrada como una actividad transversal inserta en todos los procesos que llevan a cabo las distintas áreas de una organización, y cuyos requisitos deben estar plenamente integrados en los sistemas de información corporativos.

El modelo tiene carácter transnacional pretendiendo que sirva de guía en países diferentes, es por ello por lo que está basado en buenas prácticas internacionales y en el respeto por la diversidad de políticas archivísticas, nacionales y regionales de los países integrantes en la Red y de las normas, legislación y reglamentos vigentes en los respectivos ordenamientos jurídicos nacionales.


1.- Guías de implementación: documentos que establecen las líneas generales de actuación que han de seguirse para implementar el modelo. Estas líneas de actuación, fundadas en normas y buenas prácticas internacionales, se materializan en una serie de requisitos a implementar. Se han desarrollado dos tipos de guía de implementación, según los destinatarios:
  • Guías de implementación de políticas o gerenciales, que ofrecen a la alta dirección y a los responsables de coordinación las líneas generales de actuación y los compromisos necesarios para diseñar e implantar una política de gestión de documentos y archivo.
  • Guías de implementación de procesos y controles u operacionales, que ofrecen a los coordinadores técnicos encargados de la implementación del modelo las líneas generales de actuación y los compromisos necesarios para implementar los procesos y controles técnicos del modelo. 

2.- Directrices: documentos explicativos destinados a facilitar las claves y actuaciones necesarias para la implementación de los compromisos o grupos de compromisos definidos en las guías de implementación. Se trata de pequeños "manuales" centrados en un tema y estructurados de forma más libre que las Guías de Implementación.

3.- Herramientas o instrumentos estratégicos y operativos: para la implementación del modelo se considera importante que las organizaciones elaboren documentos de un nivel inferior a las directrices, tales como documentos breves, formularios y herramientas operativas destinados a la ejecución de conceptos clave o a la realización de determinadas tareas de gestión de documentos. Estas herramientas o instrumentos son de tres tipos:
  • Herramientas estratégicas: instrumentos obtenidos tras la aplicación de las directrices en materia de política de gestión de documentos y archivos. Entre ellas estarían el repertorio de fuentes legales y normas, el análisis DAFO, el informe de análisis de riesgos, los planes estratégicos, el mapa de procesos, el plan de comunicación, el plan de formación, el modelo de requisitos y el Cuadro de Mando Integral. En su elaboración deben estar implicados los altos responsables de la organización.
  • Herramientas técnicas de transparencia: instrumentos resultantes de las directrices relativas a las guías de implementación de gobierno abierto y control de acceso. Son fundamentales para garantizar la accesibilidad a los documentos y suponen una vía de comunicación entre la organización y la sociedad. Entre las herramientas señaladas están el documento de política de acceso a los documentos, las tablas de acceso y seguridad de los documentos, los catálogos de información pública reutilizable, el catálogo de datos abiertos de la organización y los formularios de solicitud de acceso a los documentos.
  • Herramientas operativas: derivadas de las directrices que desarrollan procesos técnicos de tratamiento archivístico. En su elaboración deben estar implicados los especialistas en gestión de documentos y archivo, así como otros especialistas, como los de tecnologías de la información y gobierno electrónico. Esas herramientas operativas son el organigrama de la organización, el cuadro de clasificación funcional, la relación de documentos esenciales, el repertorio de dictámenes de eliminación y conservación de documentos, los calendarios de conservación y de transferencias, así como el esquema de metadatos.

martes, 1 de diciembre de 2015

La visión transversal de la archivística imprescindible para el efectivo desarrollo de la Administración Electrónica

La introducción de sistemas de gestión electrónica no necesariamente redunda en una mayor simplificación y en consecuencia una reducción de costes. Esta es la conclusión a la que llega un grupo de investigación de la Escola Superior d'Arxivística i Gestió de Document tras el Análisis de procedimientos administrativos para la simplificación documental en la administración local.
La mejora de la eficiencia y la reducción de costes en las administraciones públicas es un objetivo hace tiempo deseado y para alcanzarlo se han desarrollado soluciones de diverso tipo y especialmente informáticas, sin que tengamos una evidencia clara de su capacidad real de respuesta. Según los resultados de un proyecto de gestión documental y reingeniería de procesos realizado por Antoni Puig-Pey, Marta Fontanet, Pere Joan Guiu Rius, Alfred Mauri y Remei Perpinyà en el que han analizado y diagramado cuatro procedimientos administrativos en tres municipios diferentes y en dos momentos diferenciados, es la falta de una visión global y transversal de las organizaciones (que sin lugar a dudas podía haber aportado la disciplina archivística si se hubiera tenido más en cuenta) y el predominio de una cierta fascinación tecnológica la que ha abocado a soluciones parciales o incompletas y, a menudo, a implantaciones fracasadas a causa de la falta de una metodología adecuada para el análisis, diseño y mejora de los circuitos administrativos así como de los contenidos de información de los documentos que los soportan.

A la luz de los datos aportados por estos investigadores, el modo cómo está operando la administración pública y la forma cómo se están implantando soluciones informáticas y de gestión de expedientes plantea importantes dudas, por lo que la inversión tecnológica no parece una respuesta suficiente al desafío del entorno global y digital actual.

En su opinión deben utilizarse metodologías y técnicas de análisis transversales a la informática para identificar, mejorar y hacer accesibles los recursos de información de las Administraciones, y convertirlos en activos de conocimiento y de economía productiva como parte sustancial de la responsabilidad pública. Y en este sentido, la gestión documental y la reingeniería de procesos proporcionan técnicas adecuadas de análisis de los procedimientos, de documentos y de datos para una mayor eficiencia y racionalización de la producción administrativa.

Puig-Pey Saurí, Antoni; Fontanet Ambrós, Marta; Guiu Rius, Pere-Joan; Mauri Martí, Alfred; Perpinyà Morera, Remei. (2015). Análisis de procedimientos administrativos para la simplificación documental en la administración local. Escola Superior d'Arxivística i Gestió de Documents. (Documentos de investigación)

lunes, 23 de noviembre de 2015

Archive, aplicación de archivo definitivo de documentación electrónica para las administraciones públicas

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya ha puesto a disposición de las administraciones públicas Archive, una aplicación web de archivo definitivo de expedientes y documentos electrónicos, que cumple con lo dispuesto al respecto en el RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica.


Tal y como se señalaba en una Nota Técnica del Observatorio de Administración Electrónica publicada el pasado mes de julio de 2015, el archivo electrónico es la última etapa del documento electrónico, pero esta fase final generalmente está siendo desatendida. Así en los últimos años se han observado numerosos y significativos esfuerzos por implantar la tramitación electrónica que han dado lugar a la aparición de magníficos tramitadores adecuados al entorno del Esquema Nacional de Interoperabilidad pero que, sin embargo, no contemplan el archivado final. Terminan con la tramitación y sus promotores, o bien no se han planteado la necesidad, o bien ese eslabón final lo dejan pendiente para afrontarlo en un futuro indefinido. Mientras, los expedientes electrónicos se van acumulando en los servidores, sin un control efectivo y con un claro riesgo de desaparición o de acceso indebido. Si en la teoría está perfectamente asumido que el ciclo completo de la documentación electrónica termina con el archivo electrónico, es decir, con la conservación del documento, garantizando su integridad, autenticidad, disponibilidad y validez, es necesario llevarlo lo más rápidamente posible a la práctica. Con esta finalidad surge Archive.

Esta nueva aplicación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas va a permitir a las administraciones públicas cerrar el ciclo de la tramitación electrónica, mediante la gestión del archivo de los documentos electrónicos. Por su parte, la sola mera existencia de Archive hace visible un importante cambio cultural, en la medida en que pone de manifiesto la necesidad de culminar las tramitaciones electrónicas no en el final del trámite, propiamente dicho, sino en el archivo del expediente generado durante ese trámite. El expediente electrónico tramitado termina una vez que se archiva correctamente, no antes.

Archive dispone de operaciones para trabajar con expedientes y documentos electrónicos. Los expedientes y documentos serán importados y clasificados dentro de archivos y series documentales, y pasarán por diversos estados (tanto de forma automática, como manual), en función de la política de conservación asignada. Además proporciona mecanismos de notificación de los cambios de estados acaecidos en los expedientes, así como distintos módulos de gestión. Se trata de una solución basado en el modelo OAIS (Open Archive Information System), referencia para la implantación de un sistema de repositorio digital desarrollado estandarizado a través de la ISO 14721.

jueves, 19 de noviembre de 2015

El Esquema Nacional de Seguridad frente a las ciberamenazas

En el ámbito de la Administración Electrónica española el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado mediante el Real Decreto 3/2010 tiene por finalidad la creación de las condiciones necesarias de confianza en el uso de los medios electrónicos, a través de medidas para garantizar la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones, y los servicios electrónicos, que permita a los ciudadanos y a las Administraciones públicas, el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través de estos medios.


El Esquema Nacional de Seguridad persigue fundamentar la confianza en que los sistemas de información prestarán sus servicios y custodiarán la información de acuerdo con sus especificaciones funcionales, sin interrupciones o modificaciones fuera de control, y sin que la información pueda llegar al conocimiento de personas no autorizadas. Está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos requeridos para una protección adecuada de la información. Debe ser aplicado por las Administraciones públicas para asegurar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.

Paralelo a la extensión y generalización del uso de las tecnologías se está produciendo un crecimiento de la ciberdelincuencia y los ciberataques. Malware a medida, ataques a los dispositivos móviles, a los servicios en la nuebe y a las infraestrucutras críticas, vulnerabilidades en el internet de las cosas, robos de datos y sofisticadas estrategias de ciberespionaje, son algunas de las ciberamenazas a las que nos enfrentamos. Estas ciberamenazas se han convertido en un potente instrumento de agresión contra las entidades públicas y los ciudadanos en sus relaciones con las mismas.

Para hacer frente a esta nueva realidad se ha actualizado el Esquema Nacional de Seguridad mediante el Real Decreto 951/2015 publicado el pasado 4 de noviembre. Esta norma tiene por objeto reforzar la protección de las Administraciones Públicas frente a las ciberamenazas mediante la adecuación a la rápida evolución de las tecnologías, todo ello teniendo en consideración la experiencia adquirida en la implementación del esquema nacional de seguridad desde 2010. Además, permite adecuar la actual normativa al contexto regulatorio internacional y europeo, en particular a lo previsto en un Reglamento comunitario de 2014 en lo relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior. En definitiva, se trata de dotar al Esquema Nacional de Seguridad de los mecanismos necesarios que mejoren la respuesta en materia de seguridad de los sistemas tecnológicos.

Este nuevo Real Decreto, modifica la normativa de protección contra las ciberamenazas reforzando los servicios de confianza y la protección para las transacciones electrónicas. Los sistemas deberán adecuarse a lo dispuesto en esta modificación en un plazo de veinticuatro meses.

Entre las medidas adicionales incorporadas al el Esquema Nacional de Seguridad se puede destacar:
  • La introducción de la gestión continuada de la seguridad en los servicios disponibles, por medios electrónicos veinticuatro horas al día.
  • Especifica la necesidad de utilizar productos que tengan certificada la funcionalidad de seguridad que se corresponda con la categoría y nivel de seguridad del sistema afectado.
  • La inclusión de procedimientos de gestión de incidentes de seguridad y de debilidades detectadas en los elementos del sistema de información precisando el concepto de incidente de seguridad.
  • Necesidad de notificar al Centro Criptológico Nacional y al CCN-CERT aquellos incidentes que tengan un impacto significativo en la seguridad de la información manejada y de los servicios prestados.
  • Explicita y relaciona las instrucciones técnicas de seguridad, que serán de obligado cumplimiento por las Administraciones Públicas y que regularán el estado de seguridad, la auditoría de seguridad, la gestión de incidentes, la criptología, la interconexión y los requisitos de seguridad en entornos externalizados, entre otras.

lunes, 16 de noviembre de 2015

El archivo electrónico único en la nueva ley de procedimiento administrativo común

El pasado 2 de octubre de 2015 se publicaba en el BOE la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que supone un impulso definitivo a la implantación de la administración electrónica, incorpora y ordena los avances producidos en los últimos tiempos y apuesta por una administración pública íntegramente electrónica, con cero papel e interconectada tanto en sus relaciones con los ciudadanos como entre las distintas Administraciones entre sí, mejorando la agilidad de los procedimientos administrativos y reduciendo los tiempos de tramitación.


En materia de archivos se introduce la obligación de cada Administración Pública de mantener un archivo electrónico único de los documentos que correspondan a procedimientos finalizados, así como la obligación de que los documentos sean conservados en un formato que permita garantizar la autenticidad, integridad y conservación del documento, así como su consulta con independencia del tiempo transcurrido desde su emisión. Se asegurará en todo caso la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos y soportes que garanticen el acceso desde diferentes aplicaciones. Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados. En particular, asegurarán la identificación de los usuarios y el control de accesos, así como el cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos.

El archivo de los documentos correspondientes a procedimientos administrativos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la ley, se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior. Por su parte siempre que sea posible, los documentos en papel asociados a procedimientos administrativos finalizados antes de la entrada en vigor de esta ley, deberán digitalizarse de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa reguladora aplicable.

Con carácter general la ley entrará en vigor al año de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir en octubre del 2016. No obstante, las previsiones relativas al archivo único electrónico producirán efectos a los dos años de su entrada en vigor. Mientras tanto las Administraciones Públicas mantendrán los mismos canales, medios o sistemas electrónicos vigentes.